“Nadie podrá ser castigado por un acto que no haya cometido y cualquier castigo colectivo queda prohibido”.

Los derechos del niño en la escuela: una educación para la ciudadanía. Escrito por Jean Le Gal.

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Argumentación.

Castigo colectivo es aquel aplicado a un grupo de alumnos/as como resultado del comportamiento de uno o más individuos del grupo.

El profesor/a, ante un hecho punitivo cuyo autor/a se desconoce, se enfrenta a la siguiente cuestión: “aplico un castigo colectivo y elijo castigar con certeza al culpable pero también con certeza a varios inocentes o… dejo al culpable impune pero no castigo a inocentes”.

Si elige la primera sentencia, está definiendo claramente su postura: tiene que haber consecuencias ante un acto  que atente a la convivencia, caiga quien caiga, afecte a quien afecte. Lo que importa es que exista un castigo ante una actuación punitiva. Si hay daños colaterales, se aceptan.

Si elige la segunda sentencia, actuaría como en su caso haría un juez ante un delito: no tengo pruebas suficientes para culpar a una persona, por lo que no puedo imponerle una pena. Voy a dejar a uno o varios culpables sin castigo pero no actuaré contra otra persona no culpable.

La elección de una de estas opciones permite definir el carácter de la persona que las toma y ya nos permite hacernos un juicio de valor acerca de los principios que rigen sus actos.



Aspectos significativamente injustos del castigo colectivo.

  • Atenta contra la presunción de inocencia, principio básico de los derechos fundamentales de la persona y por tanto de la legislación española, convirtiéndolo en un principio de culpabilidad
  • Incurre en maltrato psicológico contra aquellos alumnos/as cuyo comportamiento no es sancionable. 
  • Trata de forma indigna a personas que no lo merecen culpabilizándolos de hechos que no han cometido.
  • Mantiene en el anonimato al culpable, potenciando su capacidad de actuación, diluida la culpa en la colectividad. 
  • Promueve la indignación de los buenos alumnos/as, desarrollando sentimientos de resignación, indefensión, injusticia, etc.
  • Incita el rencor y quizás la venganza hacia los alumnos que provoquen el castigo, lo cual puede derivar en hechos aún más graves que los que pudiesen haber provocado el castigo original (risas de los culpables, alegrándose de ver casti­gados a los inocentes, comentarios inadecuados de unos sobre otros, etc.).
  • Puede ocasionar la aparición de un chivo expiatorio, que de forma injusta cargue con las consecuencias del hecho sancionable, bien por acusaciones falsas de otros alumnos/as, bien por propia iniciativa (hartazgo del alumno/a de este tipo de situaciones).
  • Desarrolla la dilación entre los alumnos/as, lo cual puede incidir en el desprecio del grupo hacia ellos.
  • No favorece la cohesión de grupo, dificultando el trabajo posterior con el mismo. 
  • Puede incentivar el desarrollo de acciones punibles en alumnos que previamente no las tenían (puesto que de todas formas, van a ser castigados) ,“...si corro el riesgo de que me castiguen cuando no he hecho nada, la próxima vez, al menos, disfruto de los placeres de la transgresión…”.
  • Provoca el rechazo hacia la actitud del profesor/a que impone el castigo, disminuyendo la apreciación de la autoridad moral que se le debe suponer y a la que debería aspirar.
  • Aumenta la indignación de los padres y madres que intentan "justificar" lo injustificable.  Esto deriva en situaciones que pueden suponer la merma de la autoridad del profesor/a.
  • El educador que debe actuar para que los alumnos acepten las normas de convivencia, las leyes, se sitúa fuera de ellas



Porqué y para qué se usa un castigo colectivo.

  • Se usan como consecuencia de no poder encontrar al/los culpable/s o cuando hay una situación generalizada de descontrol. Los docentes se encuentran con pocas armas para dirigir a un grupo numeroso. Es muy difícil mantener el control de una clase multitudinaria. Pero de ello sólo podemos culpar al sistema educativo y a la educación recibida por cada alumno/a, no al colectivo por el simple hecho de serlo. 
  • Es una solución rápida, para el docente. No hay que preguntar, no hay que razonar, no hay que justificar. "Todo el mundo con castigo así aprenden todas"
  • Evita el enfrentamiento directo con el alumno/a que comete la infracción (además de con los tutores legales en ocasiones). Lo normal es que el castigo así dispuesto, pase desapercibido entre los padres y madres "...algo habréis hecho".
  • El docente que usa este tipo de castigo pretende imponer de un golpe su autoridad (dar un puñetazo encima de la mesa), cosa que debería hacer día a día y no en un solo momento.
  • Busca la autorregulación del colectivo sin tener en cuenta la presión de grupo. Lo que suele suceder es que la conducta del "malhechor/a" queda diluida entre el conjunto. El poder que tienen los alumnos/as para modificar acciones futuras de sus compañeros/as es casi nulo. Además regular las conductas de los alumnos en pro de la convivencia ¿no sería una de las tareas del docente? ¿cómo dejarla en manos de críos o adolescentes?



La persona que impone un castigo colectivo, ¿qué pretende?

  • ¿No dejar impune una actuación sancionable de los alumnos,  a pesar de que ello conlleve tratar a “justos por pecadores”?
Entiendo que esta acción aleja al docente de la función educadora que debe tener.
  • ¿La autorregulación de los alumnos?
Entiendo que este objetivo de muy difícil consecución dado el poco poder que tienen los alumnos/as cuya conducta no es punible, sobre los demás.  No tiene en cuenta la presión de grupo favorable casi siempre hacia los alumnos de conducta reprobable, que suelen ser los que más atraen y captan la atención.
  • ¿Dilación? Implicación de los alumnos para que delaten a otros. 
Primero deberíamos preguntarnos cuántos de nosotros llamamos la atención a una persona cuando vemos que deja la caca de su perro en el suelo, cuántos reprendemos a aquellos/as que dejan su coche mal aparcado, etc. Suele predominar la fidelidad al grupo. Nadie quiere ser tachado de chivato. La presión de grupo vuelve a actuar en contra.
  • ¿La satisfacción del agraviado/a?  
Entiendo que parte de una mal entendida noción de justicia: “quien sufre un daño debe ser compensado, da lo mismo quién pague esa compensación”. Esto no debería ser así.
  • ¿Moderar una conducta punible precisamente en aquellos que no la han cometido?
El problema es que los que no han actuado así, no pueden mejorar su conducta, sólo indignarse.




La persona que impone un castigo colectivo ¿qué consigue?

  • Pérdida de la autoridad moral. Este debería ser el objetivo prioritario de cualquier docente, pero este tipo de sanciones hacen considerarle de una forma muy diferente.
  • La incomprensión de los alumnos/as que no infringieron ninguna regla.
  • En ocasiones la frustración de los alumnos puede desencadenar reacciones de rencor y venganza hacia el docente.
  • Eliminar de un plumazo su función educadora. La reacción improvisada ante una situación desbordante desencadena actuaciones incomprensibles para los alumnos/as y parte de la comunidad educativa.  "Ya no aguanto más, así que ahora todos/as os molestáis".
  • El descrédito ante muchos de los tutores legales de sus alumnos/as ("...es que la clase habla", "...pues mire usted, reprenda a quién lo haga, la <clase> no puede hablar...")



Cómo deberían ser los castigos.

  • ¿Inexistentes?. Quizás.
  • La proporcionalidad entre la falta y el castigo. Castigos demasiado amplios se hacen casi imposibles de mantener por ambas partes.
  • Individualización de las sanciones. Toda sanción, todo castigo debe dirigirse contra una persona; es individua­l y, en ningún caso, pueden ser colectivo. Individualizar una sanción es tener en cuenta el grado de responsabilidad del alumno, su edad y su implicación en las faltas que se le reprochan, así como sus antecedentes en materia de disciplina.
  • Coherentes, para que los alumnos acepten las consecuencias de las faltas que puedan cometer.
  • Respuesta rápida y adaptada a toda falta o incumplimiento de una obligación.
  • Atribuir al alumno/a la responsabilidad de sus actos y ponerlo en situa­ción de interrogarse sobre su conducta, tomando conciencia de sus consecuencias.
  • Recordarle el sentido y la utilidad de la ley, así como las exigencias de la vida en colectividad (respeto a la sociedad y a los individuos, nece­sidad de vivir juntos de forma pacífica).



Consideraciones.


Vaya por delante el respeto absoluto para los profesionales docentes que diariamente ponen sus sentidos en la educación de nuestros hijos/as. Es nuestro deber como padres apoyar tal actuación. Pero:

  • ¿Se imaginan que roban en un Ayuntamiento sin identificar al culpable y como solución todos los vecinos pagan lo birlado?
  • A nadie se le ocurriría encarcelar a toda una aldea en la que se ha cometido un crimen argumentando que es difícil encontrar al culpable.

“El fin no justifica los medios”.

El compromiso debe estar en apoyar la labor educativa de los profesores/as, que reconocemos muy difícil en el día a día, más con la actual masificación de las aulas. Pero demandamos comprensión y facilitación en el cumplimiento de este compromiso, haciendo más justas las correcciones impuestas a nuestros hijos/as.





2 comentarios:

  1. Concuerdo con el artículo, sin embargo, tengo algunas dudas. En el deporte, si un colectivo hace un ejercicio en común y uno falla, muchas veces el entrenador repite todo el ejercicio cuando uno solo falla. Esto motiva a no fallar, porque el grupo paga por ti, por lo que uno no quiere ser el culpable del problema. El ejemplo de la aldea es bueno, y tenemos el ejemplo también de Fuenteovejuna, que por si fuera poco, un pueblo es capaz de unir sus filas y salir sin castigo.
    Algo que me llama la atención es que no mencionas ninguna alternativa, si el castigo colectivo no funciona qué tal un refuerzo negativo o un castigo positivo.

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  2. Hola..hoy he recibido una notificación, despues de varias reuniones en el ininstituto... Penalizan y Expulsan a mi hijo un día a casa, por juntarse o formar grupo con unos niños k según una niña sufre acoso..queremos aclarar la situación y de momento no hemos firmado la conformidad del castigo y hemos dado registro a nuestra carta de alegación.... Hay alguien k me pueda aconsejar el proceso a seguir,espero contestación del instituto o me voy directamente a delegación...las otras mamás se han puesto en contacto conmigo y no es justo k niños sufran y sean acusados de cosas inciertas, porque el acoso esta a la orden del dia
    Hay k tener mucho tacto no sólo para las chicas, los chicos sufren de cosas falsas igualmente.. Muchas gracias!!

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